Certificado de amianto en Barcelona para vender o alquilar tu vivienda
Con la nueva Ley catalana 8/2026 de erradicación del amianto, toda venta o alquiler debe ir acompañada de un certificado de presencia o ausencia de amianto. Lo emitimos con criterio técnico e independiente: no retiramos amianto ni cobramos comisiones a quien lo retira.
Qué acredita el certificado
- Presencia o ausencia de amianto visible en el inmueble
- Estado de conservación de los materiales con amianto
- Riesgo que pueden suponer para las personas
- Reportaje fotográfico y ficha de cada elemento revisado
- Recomendaciones claras sobre qué hacer después
Qué cambia con la Ley 8/2026
La ley entró en vigor el 3 de octubre de 2026 y convierte el certificado de amianto en un documento más de cualquier operación inmobiliaria en Cataluña.
En el anuncio
Los anuncios de venta o alquiler deben informar de si la vivienda contiene o no materiales con amianto, según lo que diga el certificado.
Al comprador o inquilino
El propietario debe entregar el certificado al comprador o al arrendatario en el momento de la operación.
En la escritura
En las compraventas, la presencia de amianto y las ayudas recibidas para retirarlo constarán en el Registro de la Propiedad.
Sin excepciones por antigüedad
La ley no excluye las viviendas por su año de construcción: también es necesario para acreditar la ausencia de amianto.
¿Dónde suele esconderse el amianto?
Se usó masivamente en la construcción hasta su prohibición en 2002, sobre todo en edificios levantados entre los años 60 y 90. Estos son los elementos que revisamos con más atención:
Que haya amianto no significa que haya un riesgo inmediato. Lo importante es saber dónde está, en qué estado se encuentra y qué hay que hacer.
Quien certifica no debería ser quien cobra por retirarlo
Somos una oficina técnica independiente. Nuestro trabajo es decirte la verdad sobre tu inmueble, no venderte una obra. Por eso nuestro certificado no está condicionado por ningún interés comercial.
- No retiramos amianto ni trabajamos a comisión con empresas de retirada
- Si detectamos amianto, te explicamos el riesgo real y las opciones, sin alarmismos
- Te ayudamos a pedir y comparar presupuestos de empresas habilitadas
- Podemos supervisar la retirada para que se haga bien y al precio justo
- Te informamos de las ayudas públicas disponibles para la retirada
Cómo lo hacemos
Un proceso sencillo para que el certificado esté listo antes de publicar el anuncio y no retrase tu operación.
Solicitud
Nos escribes por WhatsApp o nos llamas. Te pedimos los datos básicos del inmueble y te damos presupuesto cerrado.
Visita técnica
Un técnico revisa la vivienda y, si procede, los elementos comunes del edificio. Inspección visual, sin obras ni molestias.
Análisis
Valoramos el estado de cada material y su riesgo. Si alguno no puede identificarse a simple vista, lo indicamos como sospechoso y te explicamos cómo confirmarlo.
Certificado
Recibes el certificado y un informe claro con fotografías y recomendaciones, listo para el anuncio, el contrato o la notaría.
Para quién trabajamos
La nueva ley afecta a todos los actores de una compraventa o un alquiler. Nos adaptamos a cada caso.
Particulares
Si vas a vender o alquilar tu piso, encarga el certificado antes de anunciarlo. Podemos combinarlo con un informe de estado de la vivienda para que vendas con toda la información técnica.
Administradores de fincas
La ley os obliga a velar por que los propietarios entreguen el certificado y a asistirles en su tramitación. Somos vuestro aliado técnico: un diagnóstico de los elementos comunes sirve de base para todas las viviendas del edificio.
Comunidades de propietarios
Inventario de amianto en cubiertas, bajantes y zonas comunes, valoración del riesgo y acompañamiento para planificar la retirada y solicitar las ayudas.
Inmobiliarias y profesionales
Necesitáis el dato para publicar los anuncios. Os ofrecemos un servicio ágil y colaboración continuada para vuestra cartera de inmuebles.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntáis sobre el nuevo certificado de amianto en Cataluña.
¿Desde cuándo es obligatorio el certificado de amianto?
Desde el 3 de octubre de 2026, fecha de entrada en vigor de la Ley 8/2026, de 2 de julio, de erradicación del amianto en Cataluña. Se exige en todas las ventas y alquileres de inmuebles situados en Cataluña.
Mi vivienda es nueva o creo que no tiene amianto. ¿También lo necesito?
Sí. Es un certificado de presencia o ausencia de amianto: sirve precisamente para acreditar si la vivienda lo tiene o no. La ley no prevé excepciones por año de construcción. En inmuebles recientes la inspección suele ser sencilla y rápida.
¿Qué debe incluir el certificado?
Mientras la Generalitat no apruebe el reglamento que lo desarrolle, la ley exige como mínimo que acredite la presencia o ausencia de amianto visible, el estado de conservación de los materiales que lo contienen y el riesgo que pueden suponer para las personas. Nuestro certificado cumple ese contenido mínimo y añade reportaje fotográfico y recomendaciones.
¿Quién puede emitir el certificado?
La ley remite a un reglamento, que la Generalitat debe aprobar en el plazo de un año, para concretar las características del certificado y quién puede emitirlo. Mientras tanto, debe emitirlo un técnico capacitado que cumpla el contenido mínimo legal. En OTH lo emiten técnicos especializados en patologías de la edificación.
¿Seguirá siendo válido cuando salga el reglamento?
El certificado refleja el estado del inmueble en el momento en que se emite. Cuando se apruebe el reglamento, es posible que se exija información adicional. Si eso ocurre, te informaremos de si tu certificado necesita actualizarse.
¿Qué pasa si se detecta amianto en mi vivienda o en el edificio?
No significa necesariamente un riesgo inmediato ni tener que retirarlo de inmediato. El certificado indica su estado y su nivel de riesgo. La presencia de amianto debe comunicarse al Censo catalán de materiales con amianto, y su retirada solo pueden hacerla empresas habilitadas. Te ayudamos a valorar opciones, comparar presupuestos y acceder a las ayudas públicas.
¿Hacéis obras o tomáis muestras rompiendo elementos?
No. La inspección es visual y no destructiva: no rompemos ni manipulamos ningún material. Si un elemento es sospechoso pero no puede confirmarse a simple vista, el certificado lo indica y te orientamos para encargar su análisis a un laboratorio acreditado.
¿Qué pasa si vendo o alquilo sin el certificado?
No entregar el certificado es una infracción tipificada en la ley, sancionable con multa. Además, sin él no podrás informar correctamente en el anuncio y puedes retrasar la firma ante notario. Lo más práctico es encargarlo antes de poner el inmueble en el mercado.
¿Cuánto cuesta el certificado de amianto?
Depende del tipo de inmueble, su superficie y si hay que revisar elementos comunes del edificio. Escríbenos por WhatsApp con los datos básicos y te enviamos un presupuesto cerrado y sin compromiso.
¿Vas a vender o alquilar? Pide tu certificado antes de anunciar
Te respondemos rápido y te damos presupuesto cerrado. Sin compromiso y con criterio técnico independiente.
Información elaborada a partir de la Ley 8/2026, de 2 de julio, de erradicación del amianto (DOGC núm. 9699, de 3 de julio de 2026). Pendiente de desarrollo reglamentario por la Generalitat de Catalunya; actualizaremos esta página cuando se apruebe. Última actualización: octubre de 2026.


